Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la demanda por Cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana MARIA ADRIANA DA SILVA GONCALVEZ contra la entidad de trabajo AMODEO, RESTIVO & ASOCIADOS, CONTADORES PUBLICOS y en forma personal contra el ciudadano JOSE CARMELO AMODEO RESTIVO.