En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la Ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana Martha del Carmen Cabrera, titular de la cédula de identidad Nº V-3.689.027 y el ciudadano Giulio D‘Apuzzo Ferraioli, titular de la cédula de identidad Nº V-6.110.786, y por lo tanto DECLARA terminado el proceso.
No hay especial condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.