En virtud de las consideraciones anteriormente expresadas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION a la PARTICIÓN AMIGABLE efectuada por los ciudadanos MADELEINE FUENMAYOR REVETTE y REINALDO MANUEL MARIN LÓPEZ, antes identificados, en los términos expresados en el presente fallo. Así se decide.