Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue ante este Juzgado la sociedad mercantil AZAI PUBLICIDAD 777, C.A, contra la sociedad mercantil INVERSIONES DIVINOS PECADOS, C.A., todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo. En consecuencia, se condena a la parte demandada, en pagarle a la parte actora las cantidades siguientes:
PRIMERO: CUARENTA Y UN MIL VEINTINUEVE BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 41.029,63), por concepto del monto total de las facturas adeudadas y no pagadas.
SEGUNDO: CINCO MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (Bs. 5.300,25), por concepto de intereses moratorios calculados a la tasa de doce por ciento (12%) anual por las facturas.
TERCERO: L.....