Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano MARCO CIMINO, Defensor Público Nº 4 en la causa seguida al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) contra la decisión dictada en fecha 05 de abril de 2015, por el Tribunal Noveno de Primera Instancia, en Función de Control, de este Circuito Judicial Penal y Sección Especial, por cuanto la decisión de la juez no quebrantó ningún principio constitucional, ni procesal, ni legal.