A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos MARIA MARCELA GONZÁLEZ y JOSÉ GREGORIO SUAREZ RIVERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.424.863 y V-9.579.500, respectivamente. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 22 de diciembre del año1982 por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Buena Vista, Municipio Iribarren del Estado Lara, según Acta No.35, folio 42 del año 1982, en el Libro de Matrimonios del Registro Civil Respectivo. Se ordenó librar oficio al Registro Civil de la Parroquia Buena Vista, Municipio Iribarren del Estado Lara, así como al Registrador Principal del Estado Lara, anexando copia certificada de la presente sentencia, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.