PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 4 de marzo del año 2021, por el ciudadano GIOVANNI JOSE RIVERO RUIZ, en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA DE SUMINISTROS Y EQUIPOS CONSULTING JBGR C.A., debidamente asistida para ese acto por la abogada MILAGROS COROMOTO MORENO GIMENEZ, parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 02 de marzo del 2021, por el Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se declara LA FALTA DE CUALIDAD del ciudadano DAMASO FARAEL GONZALEZ MORALES, de este domicilio, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V- 6.114.008.
TERCERO: CON LUGAR LA CONFECION FICTA por la parte demandada, bajo los términos aquí establecidos.;
CUARTO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES Y EQUIPOS CONSULTING JBGR C.A., contra la sociedad mercantil COMERCIALIZAD.....