Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora sociedad mercantil BANCO PROVIVIENDA C.A. BANCO UNIVERSAL, (BanPro), contra la sentencia de fecha 20 de julio de 2009, dictada por el Juzgado Décimo Primero de Municipio de la misma Circunscripción Judicial, quedando de esta manera REVOCADA la precitada decisión.
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, admitir la demanda incoada siguiendo el procedimiento por intimación.