Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 13 y 20 de Julio de 2011, por el ciudadano Carlos Miguel Villalobos Albornoz, titular de la Cédula de Identidad No. 9.095.230, en su condición de demandado en forma personal, debidamente asistido por los abogados María Osio, Carlos Machuca y Juan Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 96.759, 93.213 y 130.940, respectivamente, contra la decisión de fecha 13 de Julio de 2011, dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, todo con motivo del juicio seguido por la ciudadana Yrene Oliveira Do Nacimiento contra la empresa Importadora AV 2009, C.A. y personalmente cont.....