En consideración a los motivos de hecho y de derecho, expuestos a lo largo del presente fallo, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fechas: 9 y 10 de abril de 2013 (F.18-19), por el abogado Rodrigo Krentzien, apoderado de la cónyuge citada, Marion Christine Carvallo de Scardino, contra el auto dictado en fecha 22 de marzo de 2013, por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE REVOCA EN TODOS Y CADA UNO DE SUS TÉRMINOS el referido auto (22/03/2013), que cursa a los folios que van desde el 11 al 14, del presente expediente en apelación.
SEGUNDO: Como consecuencia de todo lo expuesto a lo largo del prese.....