En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos HELENA MARIA ACOSTA MARIÑO y CARLOS ENRIQUE D´JESUS MANTILLA DOWNING, de nacionalidad Británica la primera y venezolano el último, mayores de edad, cónyuges, , la primera de las nombrada con pasaporte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte signado con el Nº 706114648 y el segundo titular de la cédula de identidad Nº V-12.894.404, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 05 de diciembre de 2007, ante el Prefecto Civil de la Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías, Ejido, Estado Mérida, según consta en Acta Nº 110, correspondiente al año 2007.-
Regístrese, publíquese y Déjese copia.