Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano RIGOBERTO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.793.439, debidamente asistido por el abogado CARLOS EDUARDO PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 135.628, contra la Providencia Administrativa No. DG-008-IAPMSB-2013, de fecha 18 de diciembre de 2013, emanada del DIRECTOR GENERAL PRESIDENTE DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL SIMÓN BOLÍVAR, en consecuencia, se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo impugnado por encontrarse ajustado a derecho.