Se dictó decisión mediante la cual se declaró inadmisible el Recurso de Invalidación ejercido en fecha 14 de agosto de 2015, por el Abogado Arturo de Jesús Crespo Mora, actuando en su propio nombre y representación, en su condición de parte demandante; contra la decisión recaída en el presente asunto en fecha 06 de agosto de 2015, en la cual se declaró la reposición de la causa al estado que se encontraba para el día 1 de agosto de 2014; así como del auto dictado en esa misma fecha, como complemento del auto de admisión de fecha 01 de agosto de 2014. Se ordenó la notificación a la parte demandante de este fallo.