SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE REPONE la causa al estado que el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, se pronuncie con relación a la experticia del inmueble que solicitó la parte actora, así como también se pronuncie y fije una nueva oportunidad para el nombramiento del experto a los fines de practicar la experticia del inmueble solicitada por la parte actora en el escrito de promoción de prueba, en su capitulo II, el cual fue admitido en su oportunidad legal y con ello proseguir con las actuaciones procesales correspondientes.
SEGUNDO: SE ORDENA la remisión de este expediente original al Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, .....