este Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR La cuestiones previa contenidas en el en el ordinal 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de acción reivindicatoria intentada por la ciudadana JENIMAR ROSARIO SERRANO contra el ciudadano ISAAC VALLENILLA HERERA, ambos identificados en el inicio del presente fallo.
TERCERO: SE CONDENA al demandado a restituir a la ciudadana JENIMAR ROSARIO SERRANO, el inmueble identificado como un apartamento distinguido con el Nº C-44, numero Catastral 01-01-22-U01-002-004-003-000-004-044, ubicado en el piso 4, sector Central, Bloque 15-A, Urbanización 23 de Enero, Parroquia 23 de Enero, Municipio Libertador, del Distrito Capital