Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos ISMARI ANAIS NAVEDA SALAZAR y FAUSTINO FAUSTO CHIAPPETTA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédula de Identidad número V-15.910.995 y V-18.094.993 respectivamente, y disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, en fecha 25 de febrero de 2003, del libro de matrimonios del mismo año, anotada bajo el Acta Nº 16.