Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas y en concordancia con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción presentada en la presente Oferta Real de Pagos, que hiciere la empresa SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACIÓN Y SERVICIOS, C.A., a favor de los ciudadanos VILMA VERGARA, YASMELI BRITO, NAISULY PICON, SOLSIRE BARRIOS, ANGEL ARANZAZU, JOSE ORELLANA, ALBERT KELLY GUILLEN, JOSE RODRÍGUEZ, CASTOR PIÑA y MARÍA CORDERO, ambas partes identificadas en autos, dándole efectos de cosa juzgada, en los términos expuestos por ellas. Finalmente, se da por con.....