Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO: se declara PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados RAFAEL DOMÍNGUEZ MENDOZA, LEYMAN VELÁSQUEZ, ALEJANDRO URDANETA, LUIS LEONARDO CÁRDENAS y GUILLERMO AZA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 105.112; 117.213; 138.836; 71.833 y 120.986 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA (INFRAMIR).-
SEGUNDO: como consecuencia del particular anterior se DECRETA medida de embargo sobre bienes muebles y cuentas bancarias pertenecientes a la sociedad mercantil UNIVERSAL DE SEGUROS, C.A., debidamente inscrita bajo el número 111, en el Libro de Registro de Empresas de Seguros llevado por la Superintendencia de Seguros del .....