DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de Prescripción opuesta por la demandada, tal y como se dejó establecido en la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana THAISYS MENDOZA a través de sus apoderados judiciales, contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.).
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. CÚMPLASE.
REGISTRESE, PUBLIQUESE y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los siete (07) días del mes de diciembre de.....