En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos JOEL ARMANDO MACHADO VAILLANT y MARIA CORINA ALVINS URBINA, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 8 de noviembre de 2003, por ante la Jefatura Civil del Municipio Baruta, Parroquia El Cafetal del estado Miranda, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 2003.
Ofíciese lo conducente a la Jefatura Civil del Municipio Baruta, Parroquia El Cafetal del estado Miranda, al Registrador Principal del estado Miranda, y al Consejo Nacional Electoral, a los fines legales consiguientes.
Liquídese la Comunidad Conyugal.