Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Que es COMPETENTE para decidir la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado JOSÉ RAMÓN MUÑOZ MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.275.591, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 207.673, actuando en su propio nombre y representación, contra la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional (UNEFA), en la persona de su Rector ciudadano LUIS EDUARDO QUINTERO MACHADO, ciudadano JULIO ESMERIO CÁRDENAS SANDIA en su carácter de Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación y ciudadana MARÍA JOSÉ TORRES LÓPEZ en su condición de Secretaria del referido ente académico.
2.- ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida.
3.- ACU.....