D I S P O S I T I V A
Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal Cuarto en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; a tenor de lo previsto en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda examinar la medida de captura de fecha 26-11-2007, decretada contra el ciudadano FREITES PÉREZ DOUGLAS GABRIEL, titular de la cédula de identidad número V-15.805.764. En ese sentido, se ordena igualmente mantener la medida Alternativa de Destino a Establecimiento Abierto dictada el 19-10-2007, debiendo oficiarse lo conducente al Jefe del Centro de Pernoctas Dr. Francisco Canestri. Déjese sin efecto la boleta de encarcelación número 030-07 de fecha 26-11-2007, librada bajo el oficio n.....