éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: PARCIAMENTE CON LUGAR la acción de DESALOJO incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES CISMAS C.A. contra la sociedad mercantil GRUPO MATA MINARDO C.A., todos suficientemente identificados en autos, de conformidad con lo establecido en el ordinal primero del artículo 34 del Decreto Ley con Fuerza y Valor de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, se condena a la demandada a entregar a la actora el bien inmueble constituido por un local distinguido con el número TOP 4-9, ubicado en el piso cuarto (4to) del ala este del edificio Parque Cristal.....