Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Sin lugar la nulidad interpuesta por el ciudadano José Gabriel González, contra de la Providencia Administrativa N° 0458-2010, dictada en fecha 25 de mayo de 2010, por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", Sede Caracas Sur, que declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos.