En cuanto a la promoción de testigos promovidos en el capitulo III del referido escrito de promoción de pruebas, este Tribunal fija la comparecencia de los ciudadanos Blanca Cecilia Molina Peñuela, José Octavio Scout Rodríguez y Francisco Serra Balza, quienes son titulares de la cédula de identidad Nro. V- 16.316.664, V- 3.688.537 y V- 12.292.007, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 483 del Código Adjetivo, AL TERCER (3°) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE A LA CONSTANCIA EN AUTOS DE LA ÚLTIMA NOTIFICACIÓN QUE DE LAS PARTES SE HAGA, para que tenga lugar el acto de declaración de los testigos promovidos a las 10:00 a.m., 10:30 a.m. y 11:00 a.m., respectivamente.
Finalmente, por cuanto las pruebas promovidas por la parte actora están siendo proveídas fuera de su oportunidad legal correspondiente, se ordena la notificación del presente auto a las partes, en el entendido, que una vez conste en autos la última notificación que al efecto se practique, comenzará a tra.....