Este Tribunal admitio la presente demanda, en consecuencia se ordeno emplazar a los ciudadanos CARLOS GONZALEZ GONZALEZ y YOLANDA MARIA GONZALEZ TONOS, para que comparezca por ante este Tribunal, a su vez se ordeno librar un edicto a los HEREDEROS DESCONOCIDOS de la de cujus ciudadana OFELIA RODRIGUEZ DE GONZALEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.855.552, para que sea fijado en la cartelera del Tribunal y publicado en dos (2) diarios de mayor circulación de la localidad, dos (2) veces por semana, durante sesenta (60) días, a los fines que comparezcan ante este Juzgado en un término de NOVENTA (90) días continuos, a cualquiera de las horas comprendidas entre 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a darse por citados en el presente juicio.-