A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos ALESSANDRA CARBONE PETRILLO y HÉCTOR JOSUÉ RIVERO LA CRUZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad números V-16.284.732 y V-17.502.344, respectivamente, en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos, por no ser contrarios al orden público o las buenas costumbres, de conformidad con lo previsto en el artículo 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil.-