DISPOSITIVA
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, solicitado a favor del penado GERMAN MANUEL NARVAEZ RODRIGUEZ, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Maiquetía, Estado Vargas, nacido en fecha 30 de Enero del año 1950, titular de la cédula de identidad Nº 3.888.914, por no estar llenos los extremos de ley, contenidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y al penado, ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Maracay Estado Aragua, al Departamento de Psiquiatría Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; remítase copia del presente al Fiscal Quincuagésimo Primero del Mi.....