DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONCEDE EL DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al penado VARGAS GARCÍA ROBERT ALEXANDER, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 16.670.525, conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, en relación con el artículo 69 ejusdem, todo en concordancia con los artículos 479 ordinal 1° y 501 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De igual manera se designa al Centro Comunitario "Dr. FRANCISCO CANESTRI" como el lugar donde el penado cumplirá el beneficio antes mencionado, debiendo cumplir con las normativas del referido centro, así como las que tenga a bien imponerle el Delegado de Prueba.
Líbrense los oficios pertinentes al Director de la Casa de Reeducación y Rehabilit.....