En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que fue expuesto, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo y en virtud de que las partes acordaron pagos fraccionados, no se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, hasta tanto conste en autos la totalidad de los pagos acordados.-