por lo que el pago efectuado la Demandada da cumplimiento a la Sentencia de fecha nueve (09) de junio de 2022 y no queda nada más que deber por dicha demanda a los trabajadores ni por costas procesales. Ahora bien, la representación judicial de la parte actora expone: Vista la propuesta de la accionada, a los fines de poner término al procedimiento, acepta tal ofrecimiento expuesto por la representación judicial de la parte demandada.