Este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, CON EXCEPCIÓN DE LO SEÑALADO EN EL PARRAFO TERCERO DEL CAPÍTULO III del escrito de transacción presentado por las partes, allí, se formula el desistimiento por parte del trabajador de "... cualquier demanda laboral y/o acción judicial instaurada por sí mismo o a través de apoderados judiciales contra EL OFERENTE, su casa matriz, compañías filiales y/o relacionadas...".
Siendo así, este Juzgado se abstiene de homologar dicho desistimiento, toda vez que el mismo es contrario a derecho, y vulnera normas de orden público, vulnerando derechos irrenunciables del trabajador. Ello, toda vez q.....