- III -
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido más de un (1) año y seis (06) meses a contar desde el día 24 de noviembre de 2009, fecha en que el Alguacil encargado de practicar la citación de la parte demandada consignó la compulsa y dejó constancia de la imposibilidad de practicar la citación de la ciudadana Alicia Machuca Hernández, sin que hasta la data del presente fallo conste en autos impulso procesal por parte de la actora dirigida a la citación cartel de la parte demandada, procediendo el supuesto de hecho contenido en el artículo 267, y el artículo 269, ambos del referido Código Procesal, por lo que se declara consumada la perención anual en la presente causa, con la consecuencia establecida en el artícu.....