Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DECIMO TERCERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas YUSMELA DEL VALLE MONTAÑO, YOSENY DEL CARMEN CALZADILLA RAUSSEO y MARIA JOSEFA DIAZ DE PEÑALOZA en contra la FUNDACIÓN PROGRAMA DE ALIMENTOS ESTRATEGICOS (FUNDAPROAL), adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
TERCERO: Se ordena notificar de esta decisión a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.-