–VII–
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (En sede constitucional), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JAIME ALBERTO CORONADO, contra la decisión de fecha 25 de abril de 2023, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional, la cual se revoca. Así se decide. SEGUNDO: ADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional incoada por el profesional del derecho JAIME ALBERTO CORONADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.636.368, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.118, procediendo en su.....