CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada y SE REPONE la presente causa al estado de que el Tribunal de la Primera instancia fije, mediante auto expreso a dictar al día siguiente de recibir las presentes actuaciones, el lapso para la celebración de la audiencia preliminar, tomando en cuenta el término de distancia y el lapsos de los 10 días hábiles. Se revoca el acta apelada.