Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna; declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 18 de enero de 2024, por el abogado judicial de la parte intimada Rafael María Cardozo Viloria, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de identidad N° V-11.197.783, contra la decisión proferida en fecha 15 de enero de 2024, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Carcas.
Segundo SIN LUGAR la falta de cualidad, alegada por la parte demandada como defensa previa conforme a lo dispue.....