PRIMERO: Se ABSUELVE a JORMAN JOSE MATOS PALENCIA, de las características enunciadas en el encabezamiento de la presente decisión, de los cargos que le fueron formulados por la perpetración del delito de ROBO AGRAVADO, figura delictiva que sancionaba el artículo 460 del Código Penal y de conformidad con las previsiones de los artículos 365 y 366 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar no existen elementos suficientes que sirvan para determinar si ha ocurrido la conducta delictiva en cuestión.
SEGUNDO: Se ABSUELVE a CARLOS ENRIQUE GRATEROL GARCIA, de las características enunciadas en el encabezamiento de la presente decisión, de los cargos que le fueron formulados por la perpetración del delito de ROBO AGRAVADO, figura delictiva que sancionaba el artículo 460 del Código Penal y de conformidad con las previsiones de los artículos 365 y 366 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar no existen elementos suficientes que sirvan para determinar si ha ocurrid.....