este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de cobro de bolívares incoada por la ciudadana CARMEN MARÍA TRENARD, en su condición de endosataria en procuración en contra de MARIBEL MARTÍNEZ PILOTO.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de trescientos millones de bolívares (Bs.300.000,00), anteriores a la reconvención monetaria, hoy TRECIENTOS MIL BOLÍVARES FUERTES (BsF. 300.000,00) que es la suma del valor de cada una de las letras de cambio.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (BsF. 500,00) por concepto de la comisión de un sexto por ciento (1/6%) del principal de las letras de cambio.
CUARTO: Se condena a la parte demandada al pago de los intereses legales cal.....