En consecuencia, se DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos MARIANNE SASSON LEZAMA y ROBERTO GONZALEZ MILA DE LA ROCA, ya identificados, en los mismos términos y condiciones por ellos establecidos, en su solicitud presentada en fecha 06-08-2012, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.