DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). SIN LUGAR la oposición presentada por los ciudadanos LUIS PINTO DA SILVA y MARIA NAZARE GOMES DE PINTO, venezolano el primero y portuguesa la segunda, mayores de edad, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nos.V-6.188.965 y E-948.416, al embargo ejecutivo practicado por este Juzgador en fecha 01-08-2013. Así se establece.
2°). Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día siguiente al día de hoy exclusive. Así se establece.
3º). Se ratifica la medida de embargo ejecutivo practicado por este Juzgador, en los términos señalados en el acta de embargo e.....