este Tribunal declara CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO solicitada por la ciudadana MINNIE DARMONT BEHAR, titular de la cédula de identidad Nº 5.531.571, y en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: En el Acta de Matrimonio de la ciudadana MINNIE DARMONT BEHAR, signada con el N° 70, del año 1984, la cual corre inserta en el Libro de Matrimonios llevado por ante Juzgado Quinto de Parroquia del Departamento Libertador, (hoy denominado Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 18 de octubre 1984, donde dice: "MINNIE DARMONT BECHAR".-, debe leerse: "MINNIE DARMONT BEHAR", como real y legalmente corresponde, y donde dice: "TRINIDAD-TOBAGO".-, debe leerse: "CARACAS-VENEZUELA", como real y legalmente corresponde.