Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte recurrente, en la persona de la abogada, NAIROVYS LOPEZ inscrita en el IPSA bajo el Nº 50.000, contra la sentencia de fecha 20/03/2013, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas mediante el cual declaro sin lugar la demanda contentiva del recurso contencioso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil INVERSORA INKOBE, C.A contra la Providencia Administrativa N° 220-10 del 12-03-2010, del expediente N° 023-2010-01-00265 dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital del Municipio Libertador (Sede Norte). SEGUNDO: SIN LUGAR la .....