En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Procedente la solicitud de conversión en divorcio del estado de separación legal de cuerpos y bienes de los cónyuges, ciudadanos Mirelle de la Caridad De La Peña Pérez y Alfredo Hernández Domínguez, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 3 de febrero de 2011, ante el Municipio Playa Provincia, La Habana, Cuba, según acta nº 053/2011, de fecha 25 de febrero de 2011 del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Cuba, cuya inserción quedó registrada en fecha 21 de diciembre de 2011, en la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta en acta n° 161 de los li.....