Se dicto sentencia iterlocutoria mediante la cual este tribunal se declara incompetente por la materia para conocer sobre la presente solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, debido a que uno de los señalados como sucesor es adolescente.
De conformidad a lo previsto en esta última norma referida, este juzgado DECLINA LA COMPETENCIA para tramitar la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO MARTINEZ CEDEÑO, antes identificado, en las Salas de Juicio de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ordena remitir el expediente completo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgados de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, para que la Sala a la cual corresponda, tramite la referida solicitud. Líbrese oficio.
Publíquese y déjese .....