este Tribunal Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos MARIA ESPERANZA VANEGAS DE JACOME Y RAMON JACOME GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nrs: V-5.434.266 y V-6.180.929, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha Dieciocho (18) de Julio del año Mil Novecientos Ochenta y Cuatro (1984), según consta el Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 294, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil, expedida por ante la Primera Autoridad Civil de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Expídanse copias certificadas de la pr.....