declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano HELI SAUL HERNANDEZ ARIAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº. V.9.795.489.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por el solicitante y la ciudadana FANNY PATRY PRIMERA RAMIREZ, ante la Prefecto del Municipio Cristo de Aranza, Maracaibo, Estado Zulia, según consta en acta Nº.188, de fecha 9 de abril de 1988.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certificada mediante oficio de la Sentencia y del auto de ejecución, a la Oficina Regional Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE) del Estado Zulia, y demás autoridades competentes, a fin que se estampe not.....