En consideración a ello, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara el Desistido del procedimiento y Terminado el presente proceso en vista de su incomparecencia a la celebración de la audiencia preliminar de la parte actora el ciudadano FRANCO IUORNO MEDINA. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Abog. Carmen Leticia Salazar B.
La Apoderada Judicial de la Demandada,
La Secretaria,
Abog. Adriana Bigott