este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en los términos expuestos, y en consecuencia, se da por terminado el presente asunto. Así se establece.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. María Mercedes Millán
Abg. Adriana Bigott