IX. DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede Contencioso Administrativa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de nulidad de acto administrativo interpuesto por la sociedad mercantil Hotel Eurobuilding Internacional contra el Acto Administrativo contentivo en la orden de reenganche y restitución del derecho, emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, (Servicio de Fuero Sindical) de fecha 17 de mayo de 2012 correspondiente al expediente signado con el No. 027-2012-01-02042, que ordenó el Reenganche y Restitución de la Situación Jurídica Infringida del trabajador Domingo Antonio Carmona Arreaga, titular de la Cédula de Identidad No. V- 16.525.185. . SEGUNDO: No hay condenatoria en.....